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Ciudadanía ITALIANA por hijo directo

Niña pequeña tapándose la cara con el pasaporte italiano

Estás por tramitar tu ciudadanía italiana y no conocés la diferencia entre hijo directo y reconstrucción. En este artículo te damos claridad en lo que respecta a los hijos directos.

¿Qué significa tramitar la ciudadanía por hijo directo?

Se entiende por hijo directo al hijo/a de un ciudadano/a italiano/a. Existen dos casos: 

Hijos Directos Mayores

A partir de que los hijos, de los ciudadanos italianos, cumplen la mayoría de edad (18 años) deben obtener la ciudadanía italiana de forma autónoma. Es decir, deben sacar su propio turno en el consulado y abonar la tarifa para poder ser reconocidos italianos.

Si el reconocimiento legal del hijo se realiza luego de los 18 años, la persona tiene un año para declarar la voluntad de obtener la ciudadanía italiana. Transcurrido este tiempo el hijo pierde para siempre el derecho.

Hijos Directos Menores

Cuando el hijo aún es menor de edad (menor de 18 años) no debe sacar turno ni abonar la tarifa consular, sino que su progenitor italiano debe inscribirse al AIRE y anexarlo mediante la presentación de su acta en el sistema FAST IT. 

Si es adoptado o reconocido por un ciudadano italiano durante la minoría de edad del hijo (adopción plena), es ciudadano italiano desde el nacimiento.. La circunstancia debe ser comprobada mediante la sentencia que declaró la adopción

¿Quiénes pueden acceder a este servicio?

Hijos directos mayores de edad (+18 años) de ciudadanos italianos nacidos en Italia y debidamente inscritos en el Registro Consular de este Consulado General;

Hijos directos mayores de edad (+18 años) de ciudadanos italianos, debidamente inscritos en el Registro Consular, a quienes se les haya reconstruido la ciudadanía en este Consulado General y cuya documentación se encuentre en los registros de esta Oficina.

Si tu progenitor está inscripto en un Consulado que difiere con el que te corresponde por jurisdicción, o tramitó su ciudadanía italiana en Italia vas a tener que solicitar turno por reconstrucción.

Niña pequeña sosteniendo pasaporte italiano

¿Qué documentación se necesita?

  • DNI emitido hace no más de 10 años (original y copia) que acredite residencia en el Distrito Consular;
  • Partida de nacimiento del solicitante traducida al italiano. En el caso de persona adoptada, sentencia de adopción.
  • Acto de reconocimiento de paternidad/maternidad si el reconocimiento se hizo con un acto separado con respecto al certificado de nacimiento real
  • Certificado de matrimonio (si corresponde)
  • Sentencia de divorcio (si corresponde)
  • Certificado de defunción del cónyuge extranjero (en el caso de viudos/as);
  • Actas de nacimiento de los hijos menores de 18 años 
  • Sentencia de adopción (si corresponde)
  • Comprobantes de servicio a nombre del interesado con el mismo domicilio indicado en el DNI.
  • Formulario de solicitud de reconocimiento de ciudadanía 

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