¿Sos descendiente de italianos? ¿Te gustaría obtener la doble ciudadanía? En este artículo te contamos todo lo que tenés que saber para solicitar el reconocimiento de tu ciudadanía en los consulados italianos.
¿Qué significa “Iure Sanguinis”?
La ciudadanía italiana por iure sanguinis es la que se transmite sin límites de generación de padres a hijos desde el AVO (antepasado italiano). El requisito principal para poder solicitar el reconocimiento de la misma es contar con un familiar directo que haya nacido en Italia. Su transmisión no permite “saltos”, es decir que ninguno de los descendientes debe haber renunciado nunca a la ciudadanía italiana, sin embargo, no es necesario que ninguno de ellos se encuentre con vida o que todos cuenten con la ciudadanía para que el resto pueda solicitarla.
Puede tramitarse tanto por vía paterna como por la vía materna, no obstante, si en la línea existe una mujer (la primera en la línea, sea italiana o de otra nacionalidad), será necesario conocer la fecha de nacimiento de su hijo, ya que la mujer italiana transmite la ciudadanía a los hijos sólo a partir del 1° de enero de 1948. Si su hijo nace antes de esa fecha, el procedimiento para el reconocimiento de la ciudadanía italiana deberá hacerse por la vía judicial.
¿Qué documentación necesito?
Para solicitar el reconocimiento se debe presentar con una serie de documentos ante el Consulado Italiano competente territorialmente de acuerdo al lugar de residencia del solicitante. Estos son:
Del ascendiente nacido en Italia:
- Partida de nacimiento: original y en papel (no sirven las digitales). Debe ser emitida por la Comuna italiana de origen con los datos completos y con eventuales anotaciones marginales (si el acta es emitida por una Parroquia, deberá estar legalizada por el Arzobispado competente);
- Certificado de no naturalización: en el cual conste si el antepasado italiano se ha naturalizado argentino o no. Dicho certificado deberá contemplar todas las variantes de nombres y apellidos presentes en la partida de nacimiento y defunción del ascendiente italiano. En caso afirmativo de naturalización es necesario presentar la Sentencia emitida por el Tribunal federal competente (formulario 003) a través de la cual pueda deducirse la fecha exacta de adquisición de la ciudadanía argentina (la naturalización del ascendiente italiano podría implicar la pérdida del derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana de los descendientes);
- Acta de matrimonio (si es casado). Si ha tenido más de un matrimonio, deben presentarse todas las actas;
- Partida de defunción (si ha fallecido) o copia del DNI actualizado (si aún vive).
De cada descendiente en línea recta:
- Partida de nacimiento original;
- Acta de matrimonio (si es casado). Si se contrajo matrimonio más de una vez, se deberán presentar todas las correspondientes actas.
- Partida de defunción (si ha fallecido);
- Copia del DNI actualizado (si aún vive);
Del solicitante:
- Acta de nacimiento;
- Acta de matrimonio (si es casado). Si se contrajo matrimonio más de una vez, se deberán presentar todas las correspondientes actas. Esta acta no puede superar los 6 meses desde su fecha de emisión;
- Acta de defunción (si ha fallecido);
- Sentencia de divorcio: si el solicitante es divorciado debe presentar copia de la sentencia de divorcio + acta de matrimonio con nota marginal de divorcio. En el caso de separación judicial y posterior conversión en divorcio, ambas sentencias dictadas por el Tribunal competente deberán presentarse, endosarse con la Apostilla y traducirse al italiano;
- Acta de defunción del cónyuge (si es viudo/a);
- Partidas de nacimiento de los hijos menores de 18 años;
- DNI en original y fotocopia y, si tuviera, de su cónyuge e hijos menores. En el DNI debe estar la dirección actual de residencia, que debe ser coincidente con la factura de servicio;
- Dos comprobantes de residencia a nombre del solicitante (factura de luz, gas, teléfono fijo, internet, cable). Se necesita un periodo mínimo de residencia de 12 meses o 6 meses según el consulado. El comprobante deberá indicar el nombre y el domicilio del solicitante (más información).
Traducción de las actas
Las actas (no certificados) deben ser originales, estar expedidas por la Oficina de Registro Civil competente y deben ser traducidas al italiano por un traductor público nacional matriculado.
Aquellas actas emitidas por las Oficinas de Registro Civil antes del 1º de julio de 1990 o los documentos emanados por otras Administraciones argentinas (a excepción de la Cámara Nacional Electoral) deben estar legalizados con el sello “Apostilla” de la Convención de La Haya del 5.10.1961 (tramitado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto o en el Colegio de Escribanos de cada Provincia, si está autorizado). En estos casos se aconseja volver a pedir el acta, ya que es más ágil.
Vencimiento de las actas
En Argentina las actas no tienen vencimiento, salvo las de matrimonio de las personas con vida, que no deben tener más de 6 meses de vigencia.
También habrá que tener en cuenta que si tu AVO se encuentra con vida, el Certificado de No Naturalización tampoco deberá tener más de 6 meses.
Gestión de turno
Las oficinas reciben al público con cita previa, por lo que se deberá gestionar la reserva de una cita para el servicio que corresponda (ciudadanía por reconstrucción o hijo directo) a través del portal Prenot@mi.
Tarifa consular
Al presentar la documentación en el consulado, se deberá abonar el total de 300 euros, por cada mayor de edad que solicite el reconocimiento de su ciudadanía. El equivalente en abril 2023 es de $60.750 pesos argentinos y se abona en esta moneda (no se puede abonar en euros).
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